Disposición adicional cuarta. Gestión e intercambio de la información.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-30.
Texto consolidado
La información almacenada por los diferentes sistemas de información mencionados en el presente real decreto, así como su intercambio, deberá hacerse de acuerdo con las indicaciones del Esquema Nacional de Seguridad, el Esquema Nacional de Interoperabilidad y las directrices fijadas por la Oficina del Dato.
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