Disposición adicional cuarta. Titulaciones equivalentes.
Disposición adicional cuarta de la Orden FOM/2607/2010, de 1 de octubre, por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los formadores que impartan los cursos de cualificación inicial y formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera. · BOE-A-2010-15421
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-09.
Texto consolidado
En los casos en los que esta orden exija para ser considerado especialista de alguna de las materias reguladas, los títulos de «bachillerato o Técnico de formación Profesional de grado medio», se admitirán otras situaciones equivalentes que hubieran sido declaradas legalmente como tales por la Administración educativa.
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