Disposición adicional cuarta. Responsabilidades disciplinarias.
Disposición adicional cuarta de la Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas. · BOE-A-2024-1518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-28.
Texto consolidado
Cuando la persona que ostenta la presidencia del Consejo Superior de Deportes O.A. tenga conocimiento de eventuales irregularidades electorales o incumplimientos de obligaciones en esta materia susceptibles de ser tipificadas como infracciones a la normativa disciplinaria deportiva, podrá instar al Tribunal Administrativo del Deporte la incoación del correspondiente expediente sancionador mediante la formulación de petición razonada al mismo.
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