Disposición adicional cuarta. Evaluación y revisión.
Disposición adicional cuarta de la Orden APA/1200/2020, de 16 de diciembre, por la que se establecen medidas de mitigación y mejora del conocimiento científico para reducir las capturas accidentales de cetáceos durante las actividades pesqueras. · BOE-A-2020-16490
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-02.
Texto consolidado
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Secretaría General de Pesca, llevará a cabo una evaluación de la aplicación de la presente orden ministerial durante el segundo semestre de 2021, que tome en consideración toda la información que se recopile y su evaluación científica, con el objeto de revisar las medidas establecidas en caso necesario.
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