Disposición adicional cuarta. Creación del registro público de grupos de interés.
Disposición adicional cuarta de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. · BOE-A-2018-7642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-23.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley foral, se creará el registro público de grupos de interés al que se refiere el título IV.
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