Disposición adicional cuarta. Conciertos, contratos, convenios de colaboración y demás negocios jurídicos.
Disposición adicional cuarta de la Ley 9/2012, de 3 de agosto, de adaptación de las disposiciones básicas del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, en materia de empleo público. · BOE-A-2012-11416
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-10.
Texto consolidado
Los importes de los conciertos, contratos, convenios de colaboración y demás negocios jurídicos que hubiera celebrado la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia se adecuarán a las nuevas condiciones retributivas que se derivan de las previsiones de la presente ley, cuando para el cálculo de la prestación económica se hubieran tenido en cuenta los gastos de personal.
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