Disposición adicional cuarta. Informes preceptivos previstos en la legislación sectorial.
Disposición adicional cuarta de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. · BOE-A-2006-7677
Atención: Ley 9/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La evaluación ambiental realizada conforme a esta ley no excluirá la exigencia de los informes preceptivos que deban solicitarse al amparo de la legislación sectorial correspondiente.
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