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Ley Derogada

Disposición adicional cuarta. Competencias de otros órganos y Administraciones.

Disposición adicional cuarta de la Ley 9/2001, de 21 de agosto, de Conservación de la Naturaleza. · BOE-A-2001-17999

Atención: Ley 9/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las autorizaciones a que se refiere la presente Ley se otorgarán, en su caso, sin perjuicio de las que correspondan a otros organismos o Administraciones en el ejercicio de sus propias competencias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-09-05.

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