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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Integración entre las exigencias de la comunicación o declaración responsable y la evaluación de impacto ambiental.

Disposición adicional cuarta de la Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2011-18157

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-05-01.

Texto consolidado

Cuando, de acuerdo con esta ley, se exija una comunicación o declaración responsable para el ejercicio de una actividad y una evaluación de impacto ambiental, conforme al texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, o a la normativa autonómica de desarrollo, la comunicación o declaración responsable no podrá presentarse hasta haber llevado a cabo dicha evaluación de impacto ambiental y, en todo caso, deberá disponerse de la documentación que así lo acredite.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-05-01.

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