Disposición adicional cuarta. Coordinación en materia de seguridad.
Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2018, de 26 de marzo, de Seguridad Ferroviaria. · BOE-A-2018-5396
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-29.
Texto consolidado
La conselleria competente en materia de infraestructuras y transportes y la conselleria competente en materia de seguridad civil y emergencias deben coordinar su actuación para prever, prevenir y eliminar o disminuir el riesgo de accidentes asociados a este tipo de instalaciones y servicios, favorecer la evacuación rápida y segura de las personas afectadas y facilitar la actuación de los equipos de intervención.