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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta de la Ley 7/2016, de 21 de julio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social. · BOE-A-2016-7692

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-07-22.

Texto consolidado

La Junta de Extremadura destinará al Programa de Mínimos Vitales una cuantía económica anual de doce millones de euros, a alcanzar progresivamente en las dos anualidades presupuestarias posteriores a la entrada en vigor de la presente ley.

La dotación presupuestaria del Programa de Mínimos Vitales tendrá la consideración de crédito ampliable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-07-22.

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