Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 5/1996, de 30 de julio, de Museos de la Región de Murcia. · BOE-A-1996-25660
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-13.
Texto consolidado
Quedan integrados en el Sistema de Museos de la Región de Murcia, en los términos estipulados con el Ministerio de Cultura, y de conformidad con la legislación que le sea aplicable, el Museo de Murcia (hasta su definitiva división en Museo de Bellas Artes y Museo de Arqueología) y el Museo Monográfico «El Cigarralejo» de Mula.