Disposición adicional cuarta. Tarifa de primas para la cotización a la Seguridad Social por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007. · BOE-A-2006-22865
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-02-04.
Texto consolidado
(Derogada)
Se deroga, con efectos desde el día 1 de enero de 2026, por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero. Ref. BOE-A-2026-2548#dd
Se deja sin efecto la derogación por Resolución de 27 de enero de 2026, que publica el Acuerdo del Congreso de los Diputados por el que se deroga el Real Decreto-ley 16/2025 de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-2024#dd#df-5
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 52, de 1 de marzo de 2007. Ref. BOE-A-2007-4234.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 11 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social..
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