Disposición adicional cuarta. Modificación del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública de Cantabria.
Disposición adicional cuarta de la Ley 4/2021, de 13 de mayo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma. · BOE-A-2021-10670
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-21.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 1, b) del artículo 26 de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo, de la Función Pública, que queda redactado como sigue:
«b) Cuerpos de Administración Especial:
1.º Cuerpo Facultativo Superior.
2.º Cuerpo de Letrados.
3.º Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas de Cantabria.
4.º Cuerpo Técnico de Finanzas de Cantabria.
5.º Cuerpo de Diplomados y Técnicos Medios.
6.º Cuerpo Técnico de Mando de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
7.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares.
8.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares del Medio Natural.
9.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Seguridad y Vigilancia.
10.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento.
11.º Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Atención de Emergencias.
12.º Cuerpo de Agentes del Medio Natural.
13.º Cuerpo de Agentes de Seguridad.»
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