Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 4/1995, de 21 de marzo, de creación de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos. · BOE-A-1995-11845
Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De acuerdo a lo que se determine respecto a los requisitos para acceder a los puestos de trabajo, los funcionarios de la Comunidad de Madrid podrán integrarse en la Agencia en tal calidad o como personal laboral una vez concedida, en este caso, la excedencia voluntaria.