Disposición adicional cuarta. Elaboración de estadísticas.
Disposición adicional cuarta de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral. · BOE-A-2015-9734
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-09-11.
Texto consolidado
El Servicio Público de Empleo Estatal, en el marco del Sistema Nacional de Empleo, adoptará las medidas necesarias para que las estadísticas que se elaboren en el ámbito de todo el territorio del Estado incluyan no sólo la formación realizada en el marco de esta ley, sino también aquella que realicen las empresas con financiación propia y las Administraciones Públicas para sus empleados.
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