Disposición adicional cuarta. Normativa aplicable a las instalaciones deportivas de uso público.
Disposición adicional cuarta de la Ley 3/2019, de 25 de febrero, de la Actividad Físico-Deportiva de Castilla y León. · BOE-A-2019-4455
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-06-05.
Texto consolidado
Los titulares de instalaciones deportivas de uso público se sujetarán, en cuanto a su construcción, a la normativa sobre instalaciones deportivas y de esparcimiento, en cuanto a su gestión, a la normativa de gestión de instalaciones deportivas, y en lo que resulte de aplicación, deberán cumplir la normativa reguladora de los espectáculos públicos y actividades recreativas, de accesibilidad, de información al público usuario, de seguridad e higiene y en materia de prevención ambiental.
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