Disposición adicional cuarta. Certificado de suscripción de seguro o garantía financiera equivalente.
Disposición adicional cuarta de la Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria. · BOE-A-2017-5043
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-19.
Texto consolidado
A los efectos previstos en el artículo 15, se considera acreditado el cumplimiento de la obligación requerida en el mismo, con la presentación de un certificado en el que se acredite fehacientemente la contratación de una póliza de seguro o garantía financiera equivalente, siempre que se cubran de manera suficiente los riesgos previstos en esta ley y en su normativa de desarrollo.