Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal. · BOE-A-2007-17635
Atención: Ley 23/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el plazo de un año desde la entrada en funcionamiento de la Comisión, ésta creará una sede electrónica en la que serán accesibles todos los informes realizados por la Comisión para el cumplimiento de sus objetivos y funciones y aquellos que prevea en cada momento el Plan Estratégico de la Comisión, salvaguardando, en todo caso, la confidencialidad de los datos e informaciones que pudieran afectar al secreto comercial e industrial de los operadores y con sujeción a los principios de publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad y accesibilidad.