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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Gratuidad del boletín oficial.

Disposición adicional cuarta de la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio. · BOE-A-2007-1894

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-24.

Texto consolidado

Será gratuita la publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de los anuncios, los acuerdos y demás documentos exigidos por el ordenamiento jurídico, como consecuencia del ejercicio, por parte de los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera, de las competencias atribuidas por esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-24.

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