Disposición adicional cuarta. Senderos señalizados de responsabilidad estatal o internacional.
Disposición adicional cuarta de la Ley 2/2019, de 1 de marzo, de los senderos señalizados de la Región de Murcia. · BOE-A-2019-7279
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-07.
Texto consolidado
En el caso de los senderos señalizados dependientes de programas estatales o internacionales que transcurran total o parcialmente por el territorio de la Región de Murcia, será necesario que los promotores contemplen los requisitos básicos que garanticen la seguridad y la calidad de los recorridos, manteniendo su propia identidad de imagen.
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