Disposición adicional cuarta. Censo de Personas cántabras en el exterior.
Disposición adicional cuarta de la Ley 2/2018, de 8 de mayo, de Casas de Cantabria. · BOE-A-2018-7515
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-18.
Texto consolidado
El Gobierno de Cantabria, a través del Instituto Cántabro de Estadística, y en atención a sus competencias, promoverá la elaboración de un censo de personas cántabras en el exterior de la Comunidad Autónoma. Para ello, recabará la necesaria colaboración con el Instituto Nacional de Estadística.