Disposición adicional cuarta. Financiación de costes adicionales.
Disposición adicional cuarta de la Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales. · BOE-A-2007-13686
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-30.
Texto consolidado
El Principado de Asturias, en el ámbito de la cooperación con los concejos, contribuirá a financiar los costes económicos adicionales que la aplicación de esta Ley pudiera generar a los concejos. A tal fin, en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias de cada ejercicio se establecerá la cuantía de las aportaciones así como su aplicación.