El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Valoración de los Colegios para la tasación de costas.

Disposición adicional cuarta de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. · BOE-A-1974-289

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-27.

Texto consolidado

Los Colegios podrán elaborar criterios orientativos a los exclusivos efectos de la tasación de costas y de la jura de cuentas de los abogados.

Dichos criterios serán igualmente válidos para el cálculo de honorarios y derechos que corresponden a los efectos de tasación de costas en asistencia jurídica gratuita.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-27.

Más artículos de Ley 2/1974

En El Vínculo puedes leer Ley 2/1974 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.