Disposición adicional cuarta.
Disposición adicional cuarta de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. · BOE-A-1998-10407
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.
Texto consolidado
Las subastas que se convoquen para la adjudicación de expendedurías a partir de la entrada en vigor de la presente Ley se ajustarán a los criterios establecidos en los apartados Tres, Cuatro y Seis del artículo 4.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013..