Disposición adicional cuarta. Entrada en vigor del artículo 121 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público.
Disposición adicional cuarta de la Ley 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear. · BOE-A-2014-11991
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-11-01.
Texto consolidado
Lo establecido por el artículo 20.4 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas, de acuerdo con el texto del artículo 121 de la Ley 2/2014, de 27 de enero, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, es aplicable a las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones sociales efectuada a partir de la entrada en vigor de la Ley 2/2014, de 27 de enero.
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