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Ley Vigente

Disposición adicional cuarta. Inspección de los centros de formación adscritos a la consejería competente en materia de pesca.

Disposición adicional cuarta de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia. · BOE-A-2009-805

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-16.

Texto consolidado

La consejería competente en materia de pesca habilitará personal perteneciente a las escalas de profesores numerarios y de maestros de taller de institutos politécnicos marítimo-pesqueros para la realización de las funciones de inspección de los centros de formación adscritos al departamento, para velar por el funcionamiento general de los centros y el cumplimiento de las obligaciones inherentes a cada uno de los miembros de la comunidad educativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-12-16.

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