Disposición adicional cuarta. Pago delegado al profesorado de los centros concertados.
Disposición adicional cuarta de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears. · BOE-A-2022-9385
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-18.
Texto consolidado
La administración educativa abonará los salarios del personal docente de los centros concertados como pago delegado y en nombre de la entidad titular del centro y realizará el pago directo a las cooperativas acogidas al módulo íntegro, de acuerdo con la normativa básica estatal. Estos salarios tenderán a la equiparación gradual con las retribuciones del profesorado de la enseñanza pública, en las condiciones que se establezcan y en función de los acuerdos que se puedan lograr en la Mesa de la Enseñanza Privada Concertada.