Disposición adicional cuadragésima quinta.
Disposición adicional cuadragésima quinta de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986. · BOE-A-1985-26831
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-01.
Texto consolidado
La contribución española al Banco Europeo de Inversiones prevista en el Tratado de Adhesión a las Comunidades Europeas autorizado por la Ley Orgánica 10/1985, de 2 de agosto, se realizará en nombre del Reino de España, por el Banco de España, que queda autorizado a aplicar con carácter libremente convertible las pesetas necesarias y a efectuar las operaciones que sean requeridas.