Disposición adicional cuadragésima primera. Apoyo financiero a empresas de base tecnológica.
Disposición adicional cuadragésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008. · BOE-A-2007-22295
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
El importe total máximo de las operaciones que podrán aprobarse durante el año 2008 para las operaciones a las que se refiere el apartado 1 de la disposición adicional segunda de la Ley 6/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales urgentes de estímulo al ahorro familiar y a la pequeña y mediana empresa será de 18.579,76 miles de euros, cantidad que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06.467C.831.10.
El importe total máximo de las operaciones que podrán aprobarse durante el año 2008 para las operaciones a las que se refiere el apartado 2 de dicha disposición adicional, será de 13.921,00 miles de euros, cantidad que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.16.467C.822.
Más artículos de Ley 51/2007
- ← Disposición adicional cuadragésima. Apoyo financiero a las pequeñas y medianas empresas.
- → Disposición adicional cuadragésima segunda. Declaración de interés general de determinadas obras de infraestructuras …
- Ver la norma completa: Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.