El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional cuadragésima octava.

Disposición adicional cuadragésima octava de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986. · BOE-A-1985-26831

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-01.

Texto consolidado

Uno. Las Entidades o sistemas de Previsión Social distintos o complementarios de la Seguridad Social obligatoria, que constituyan o pudieran tener constituidos los Organismos mencionados en el artículo 11.2, así como las Empresas y Sociedades a que se refiere el apartado d) del artículo 35, sólo se podrán financiar con las aportaciones o cuotas de sus beneficiarios o con cualquier otro ingreso de derecho privado.

Dos. Lo dispuesto en el número anterior se entenderá en vigor con carácter permanente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1986-01-01.

Más artículos de Ley 46/1985

En El Vínculo puedes leer Ley 46/1985 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.