Disposición adicional centésima quincuagésima quinta. Reducción de cánones a las empresas que operan con los Mercas.
Disposición adicional centésima quincuagésima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. · BOE-A-2020-17339
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
Se fomentará por la parte de representación de Mercasa en los Consejos de Administración de las sociedades gestoras de los Mercas, acuerdos que permitan, en los términos que se detallan a continuación, reducciones de cánones y/o rentas a todas las empresas que hayan sufrido un descenso en su facturación, con la consecuente disminución de ingresos, como resultado de la aplicación de las medidas adoptadas para paliar los efectos del COVID-19.
Los acuerdos de las sociedades gestoras de los Mercas detallarán el régimen de gestión, requisitos y condiciones específicas correspondientes a las reducciones de cánones o rentas.
En cualquier caso, la reducción del canon y/o renta será de un máximo del 50 %.
Las reducciones tendrán carácter temporal y, en todo caso, no podrán alargarse por más de un período de doce meses de aplicación.
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