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Ley Vigente

Disposición adicional centésima quincuagésima cuarta. Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña.

Disposición adicional centésima quincuagésima cuarta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. · BOE-A-2020-17339

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

En el plazo de seis meses, a partir de la entrada en vigor de esta ley, se reunirá la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Cataluña para analizar y acordar de forma definitiva el procedimiento para hacer efectivas las transferencias de recursos por parte de la Administración General del Estado a la Generalitat de Cataluña, correspondientes a los servicios de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías y regionales sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general, que fueron traspasados a la Generalitat de Cataluña, respectivamente, en virtud del Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre, y del Real Decreto 1598/2010, de 26 de noviembre, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de Autonomía, en las normas a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Generalitat de Cataluña, y teniendo en cuenta los acuerdos e instrumentos adoptados hasta la fecha en relación con los servicios de transporte de viajeros señalados en el párrafo anterior. Esta Comisión culminará dicha transferencia en el ejercicio 2021.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

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