Disposición adicional centésima cuadragésima tercera. Entregas a cuenta por la prestación del servicio público de noticias de titularidad estatal.
Disposición adicional centésima cuadragésima tercera de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. · BOE-A-2020-17339
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
La Administración General del Estado transferirá, por doceavas partes al término de cada mes, a la Agencia EFE, S.M.E., S.A.U. (en adelante EFE), el importe del crédito presupuestario dotado específicamente en cada ejercicio para hacer frente a la entrega a cuenta de la liquidación definitiva por el cumplimiento de las funciones y obligaciones de servicio público, prevista en el artículo 4.3 del Real Decreto 1463/2018, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan las obligaciones del servicio público de noticias de titularidad estatal encomendado a la Agencia EFE, S.M.E., S.A.U., y su compensación económica.
Esta norma tiene duración indefinida.
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