Decimotercero. Costes.
Decimotercero de la Circular 1/2026, de 18 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula el Registro de Alias. · BOE-A-2026-7043
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-28.
Texto consolidado
1. Los costes de mantenimiento y adaptación de los sistemas de los proveedores de servicios de mensajería que deben interactuar con el Registro de Alias para las operaciones de inscripción y acceso a la base de datos del Registro de Alias deberán ser sufragados por los proveedores registrados (PR) obligados a bloquear los alias inscritos en el Registro en virtud de los artículos 7.2 y 8.3 de la Orden TDF/149/2025.
2. Serán a cargo de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia los costes de establecimiento, mantenimiento y gestión de la solución técnica que incorpore el Registro de Alias.