Decimoséptima. Resultados derivados de la actividad académica y del desarrollo de programas de doctorado.
Decimoséptima de la Orden DEF/375/2021, de 20 de abril, por la que se aprueban las directrices generales para la ordenación de la investigación y la transferencia del conocimiento en los centros universitarios de la defensa. · BOE-A-2021-6463
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-24.
Texto consolidado
Los trabajos de fin de grado y fin de máster realizados por los alumnos como parte del currículo, y las tesis doctorales desarrolladas en los programas de doctorado, constituyen un valor indudable como fuente de conocimiento e información que podría dar lugar a estudios posteriores o a ideas originales susceptibles de aportar ventajas a aquéllas autoridades u organismos del Departamento que puedan necesitar o aprovechar dicho conocimiento para la toma de decisiones, o en la realización de procesos y tareas.
La custodia, difusión y acceso a los trabajos de fin de grado y máster, así como las tesis doctorales obtenidas a partir de los programas de doctorado de los CUD, tendrán en cuenta la normativa promulgada al respecto por las universidades de adscripción, y se regirán por la normativa de gestión del conocimiento promulgada por el Ministerio de Defensa.
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- Ver la norma completa: Orden DEF/375/2021, de 20 de abril, por la que se aprueban las directrices generales para la ordenación de la investigación y la transferencia del conocimiento en los centros universitarios de la defensa.