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Orden Vigente

Decimoctava. Resultados de la investigación básica y aplicada.

Decimoctava de la Orden DEF/375/2021, de 20 de abril, por la que se aprueban las directrices generales para la ordenación de la investigación y la transferencia del conocimiento en los centros universitarios de la defensa. · BOE-A-2021-6463

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-24.

Texto consolidado

Los resultados de los trabajos de investigación procedentes de las actividades llevadas a cabo por el personal docente e investigador como consecuencia del desempeño de las funciones que les son propias, podrán ser objeto de propiedad industrial e intelectual conforme a la legislación vigente.

Cuando los resultados de los trabajos de investigación estén relacionados con el ámbito del armamento y material, y originen derechos de propiedad intelectual o industrial, o estén sujetos a secreto industrial, corresponderá a la Dirección General de Armamento y Material establecer el procedimiento para asegurar la protección de los resultados obtenidos, así como establecer los medios e instrumentos necesarios para facilitar, en su caso, la transferencia de resultados de investigación.

En aquellos otros trabajos de investigación relacionados con el ámbito de las Fuerzas Armadas y de la paz, la seguridad y la defensa, o con financiación ajena al Ministerio de Defensa, se podrá solicitar asesoramiento a los órganos directivos del Ministerio de Defensa, competentes en la materia objeto de la investigación, si bien la responsabilidad de la prestación de este servicio recaerá en el director del CUD.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-24.

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