Décimo.
Décimo de la Orden INT/1390/2007, de 11 de mayo, por la que se determina la indemnización a percibir por el personal que participe o coopere en asistencia técnica policial, operaciones de mantenimiento de la paz y seguridad, humanitarias o de evacuación de personas en el extranjero. · BOE-A-2007-10240
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-23.
Texto consolidado
El personal que cause baja en la misión por cualquier motivo, incluido por lesión o enfermedad, dejará de percibir la indemnización en la fecha en que abandone la zona de operaciones.
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