Décima. Solicitud de autorización de residencia.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-14.
Texto consolidado
Los extranjeros incluidos en el ámbito de aplicación de estas instrucciones podrán entrar y/o permanecer en España para el desarrollo de las actividades definidas en la instrucción segunda por un periodo superior a 180 días previa solicitud de una autorización de residencia para el sector audiovisual.
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- Ver la norma completa: Orden PCM/1238/2021, de 12 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2021, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento de entrada y permanencia de nacionales de terceros países que ejercen actividad en el sector audiovisual.