Cuarto. Determinación de Estructuras.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-07.
Texto consolidado
Para la cumplimentación de los estados de costes incluidos en la Memoria, cada ente deberá determinar la relación de estructuras que componen el objeto de cálculo de costes en ese ejercicio, debiendo observar la regla de que, al menos, cada tipo de ingreso derivado de una tasa o de un precio público determinará una actividad con él relacionada.
Dicha relación será convenientemente actualizada a lo largo del ejercicio con las variaciones que se vayan produciendo (aparición de nuevas actividades, desaparición de actividades, cambios en la realización de dichas actividades, etc.), determinándose, en todo caso, las estructuras que están vigentes al principio y a la finalización de dicho ejercicio.
Más artículos de BOE-A-2011-13514
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- Ver la norma completa: Resolución de 28 de julio de 2011, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regulan los criterios para la elaboración de la información sobre los costes de actividades e indicadores de gestión a incluir en la memoria de las cuentas anuales del Plan General de Contabilidad Pública.