Cuarto. Recursos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-07.
Texto consolidado
Esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante la Secretaria General de Transportes y Movilidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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- ← Tercero. Efectos.
- Ver la norma completa: Resolución de 27 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se adoptan medidas sanitarias para los buques de pasaje tipo crucero y se deja sin efectos la Resolución de 23 de junio de 2020, por el que se establecen medidas restrictivas a los buques de pasaje tipo crucero, para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.