Cuarto.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.
Texto consolidado
Las pruebas se realizarán en las cabeceras de Comandancia o lugares que determinen las Jefaturas de las mismas, atendiendo al nivel de solicitudes. Para ello la Intervención de Armas de la Comandancia confeccionará periódicamente calendarios de pruebas de capacitación, de forma que se puedan cumplir los plazos determinados en los puntos tercero y cuarto de la Orden del Ministerio del Interior de 18 de marzo de 1998.
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- Ver la norma completa: Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se dictan instrucciones para la ejecución de la Orden del Ministerio del Interior de 18 de marzo de 1998, por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente.