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Resolución Vigente

Cuarto.

Cuarto de la Resolución de 10 de septiembre de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de septiembre de 2026, por el que se dictan instrucciones para la aplicación del régimen previsto en la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, en relación con la ejecución final de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. · BOE-A-2026-19104

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.

Texto consolidado

El expediente de realización de estos gastos deberá incluir certificado de la entidad decisora o ejecutora que corresponda por aplicación de la normativa reguladora del PRTR en la que se dejará constancia de:

La vinculación de los gastos en cuestión a actuaciones que han contribuido al valor declarado a la Comisión en hitos y objetivos del PRTR.

Que dichos hitos y objetivos se han certificado en plazo y se han incluido en una solicitud de pago presentada o a presentar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE.

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