Cuarto. Instrucción del expediente.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-02-07.
Texto consolidado
La instrucción del expediente corresponderá a la Dirección General de Deportes, del Consejo Superior de Deportes.
Más artículos de Orden ECD/189/2004
- ← Tercero. Solicitudes. Documentación. Plazo de presentación.
- → Quinto. Plazo para subsanar los defectos de la documentación.
- Ver la norma completa: Orden ECD/189/2004, de 21 de enero, por la que se regula el procedimiento de tramitación de los expedientes de homologación, convalidación y equivalencia a efectos profesionales, de las formaciones de entrenadores deportivos, por las enseñanzas deportivas de régimen especial, a los efectos de lo previsto en el artículo 42 del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre.