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Orden Vigente 2 redacciones

Cuarto. Descripción de las condecoraciones.

Cuarto de la Orden de 24 de enero de 1996 por la que se completa la regulación de la Orden al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas. · BOE-A-1996-1951

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-02.

Texto consolidado

1. Las medallas de Oro y Plata al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas tendrán forma circular, un diámetro de 40 milímetros y un grosor de 2 milímetros, y reunirán, además, las siguientes características:

a) Anverso: Ajustado al diseño que se inserta como anexo I de esta Orden, consistirá en una corona circular de color azul, con la inscripción "P.N.S.D." "Al Mérito", dorado o plateado, según la categoría de la Medalla; en el interior llevará el escudo oficial de España, esmaltado en sus correspondientes colores.

b) Reverso: Será liso y pulido, sin ningún tipo de esmaltes. En el mismo podrá grabarse la dedicatoria.

2. La Cruz Blanca al Mérito del Plan Nacional sobre Drogas tendrá las características siguientes:

a) Anverso: Ajustado al diseño que se inserta como anexo II de esta Orden, será una cruz de cuatro brazos, terminados en aristas de 45 milímetros, que irá esmaltada en color blanco y filteado de metal plateado; en el centro llevará un círculo de 20 milímetros de diámetro, en el cual aparecerá una corona circular de 2 milímetros de ancho, aproximadamente, esmaltada de azul con la inscripción "P.N.S.D." "Al Mérito", en metal plateado; en el centro de dicha corona aparecerá el escudo oficial de España, esmaltado en sus correspondientes colores sobre fondo blanco.

b) Reverso: Será pulido y liso. En el mismo podrá grabarse la dedicatoria.

3. Las Medallas en sus categorías de Oro y Plata penderán, a modo de corbata, de un cordón dorado o plateado respectivamente.

La Cruz Blanca penderá de una cinta, de 30 milímetros de ancho, del mismo color, realizada en moiré y montada en un pasador de metal dorado.

Las miniaturas para solapa, que serán reproducción fiel de las medallas o de la cruz, tendrán un diámetro de 20 milímetros aproximadamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-11-02.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1997-23160.

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