El Vínculo El Vínculo.
Decreto Vigente

Cláusula 12. Indemnizaciones por cuenta del contratista.

Cláusula 12 del Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado. · BOE-A-1971-218

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1971-03-01.

Texto consolidado

Será obligación del contratista indemnizar los daños que se causen a la Administración o al personal dependiente de la misma, por iguales causas, y con idénticas excepciones que las que con referencia a terceros señala el artículo 134 del Reglamento General de Contratación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1971-03-01.

Más artículos de Decreto 3854/1970

En El Vínculo puedes leer Decreto 3854/1970 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.