Artículos 112 a 119.
Arts. 112 a 119 del Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios. · BOE-A-2005-6970
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-30.
Texto consolidado
(Derogados)
Se derogan por la disposición derogatoria única.1 del Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo. Ref. BOE-A-2009-8961
Más artículos de Real Decreto 424/2005
- ← Artículo 110. Obligaciones sobre calidad y facturación.
- → Artículo 112. Facturación del servicio telefónico.
- Ver la norma completa: Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios.