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Ley Derogada 2 redacciones

Artículos 52 a 61.

Artículos 52 a 61 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-1983-16452

Atención: Ley 1/1983 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

(Derogados)

Se derogan por la disposición derogatoria de la Ley 14/1990, de 26 de julio. Ref. BOE-A-1990-23140.

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOC núm 125, de 5 de octubre de 1990.

Téngase en cuenta que estos artículos habían sido derogados por la disposición derogatoria de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre.

Se derogan por la disposición derogatoria de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre. Ref. BOE-A-1986-33111.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-08-21.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

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