El Vínculo El Vínculo.
Acuerdo Internacional Vigente

Artículo VI. Auditoría.

Artículo VI del Acuerdo Administrativo Estándar relativo al Fondo de Respuesta y Recuperación ante la COVID-19 por el que se prevé la gestión intermediada de los fondos, hecho en Nueva York el 15 de marzo de 2021. · BOE-A-2021-8032

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-15.

Texto consolidado

Auditoría interna y externa.

1. Las actividades relacionadas con el Fondo realizadas por el Agente Administrativo y por las Organizaciones de las Naciones Unidas Receptoras serán auditadas exclusivamente por sus respectivos auditores internos y externos, de conformidad con su reglamento financiero y reglamentación financiera detallada o normativa equivalente. Los correspondientes informes de auditoría se harán públicos, salvo que las políticas y los procedimientos del Agente Administrativo o de cada Organización Receptora dispongan otra cosa.

Auditorías internas conjuntas.

2. Los Servicios de Auditoría Interna de las Partes y las Organizaciones de las Naciones Unidas Receptoras podrán estudiar la posibilidad de realizar auditorías internas conjuntas, de conformidad con el Marco de Auditorías Internas Conjuntas de Actividades Conjuntas de las Naciones Unidas, en particular, su planteamiento basado en riesgos y las disposiciones relativas a la publicación de informes de auditoría interna del Fondo. Para ello, los Servicios de Auditoría Interna de las Partes y de las Organizaciones de las Naciones Unidas Receptoras consultarán al responsable del Fondo nombrado por el Secretario General.

Coste de las auditorías internas.

3. El Fondo se hará cargo del coste total de las actividades de auditoría interna que le incumban.

Auditorías de los socios para la ejecución.

4. La parte de la contribución que una Organización Receptora haya transferido a sus socios para la ejecución y vaya a destinarse a las actividades necesarias para la ejecución del Fondo será auditada conforme a lo previsto en el reglamento financiero y la reglamentación financiera detallada de esa Organización, así como a sus políticas y procedimientos. Los correspondientes informes de auditoría se difundirán de conformidad con las políticas y los procedimientos de dicha Organización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-15.

Más artículos de BOE-A-2021-8032

En El Vínculo puedes leer BOE-A-2021-8032 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.