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Ley Vigente

Artículo veintitrés.

Artículo veintitrés de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal. · BOE-A-1960-10906

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-28.

Texto consolidado

El régimen de propiedad horizontal se extingue:

Primero. Por la destrucción del edificio, salvo pacto en contrario. Se estimará producida aquélla cuando el coste de la reconstrucción exceda del cincuenta por ciento del valor de la finca al tiempo de ocurrir el siniestro, a menos que el exceso de dicho coste esté cubierto por un seguro.

Segundo. Por conversión en propiedad o copropiedad ordinarias.

Su anterior numeración era art. 21.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-04-28.

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